El caño del Trocadero jugó un papel poco conocido en el comercio de Indias durante el siglo XVIII, período en el que Cádiz asumió la capitalidad del comercio colonial español. Desde el siglo XVI la Bahía de Cádiz había completado el eje fluvial Sevilla-Sanlúcar de Barrameda, sobre el que gravitaba en principio el tráfico con las colonias.
En el XVII ese papel secundario cambió a un mayor protagonismo debido al incremento del tonelaje de los buques de la Carrera de Indias y las consiguientes dificultades para navegar por el Guadalquivir. Esto provocó un desplazamiento del tráfico hacia la bahía gaditana, que se consagró con el traslado a Cádiz de la cabecera de las flotas a Indias en 1680 y luego de la Casa de Contratación y del Consulado de Cargadores a Indias en 1717. La nueva posición de Cádiz en el esquema del tráfico colonial español trajo una reorganización de su potencial portuario en función de las exigencias de la Carrera de Indias.
Por los registros de la Casa de Contratación sabemos que el Trocadero sirvió de ancladero y surgidero de navíos de la Carrera de Indias. Sus condiciones naturales como sitio abrigado y resguardado hacían de él un lugar adecuado para esta función que compartió con Sevilla, Sanlúcar de Barrameda, Cádiz, El Puerto de Santa María y otros lugares de la bahía como La Carraca y el Puente Zuazo, donde se hallaba también un carenero para el servicio de los barcos de guerra de las armadas reales.
Surgidero: lugar donde dan fondo las naves.
La construcción de un fuerte en la boca del caño durante la guerra de Sucesión mejoró la defensa del seno interior de la Bahía, a la que ya contribuía activamente el fuego cruzado de los fuertes de Puntales y Matagorda, e hizo prácticamente inexpugnable el interior del propio caño y a la defensa de los buques guarecidos en sus aguas.
La estancia de los barcos y la necesidad de repararlos y aprestarlos con vistas a nuevas singladuras impulsó la existencia de almacenes para el resguardo de los efectos navales e instalaciones para la carena de los cascos de los buques. Hasta entonces la arboladura y las jarcias de los barcos se habían conservado y custodiado en almacenes construidos en la Isla de León y Puerto Real, lo que suponía para los navieros costes de transporte y el pago de arrendamientos. La propiedad de almacenes en el Trocadero podía disminuir los costos y proporcionar mayores comodidades para la estancia de sus buques. Por otro lado el caño proporcionaba condiciones inmejorables para las carenas de los barcos de la Carrera de Indias, que anteriormente se realizaban en Puntales o en el río Arillo en la zona situada más al interior de la bahía.
Aprestar: aparejar, preparar, disponer lo necesario para algo.
Fue decisiva la instalación en el Trocadero del Consulado de Cargadores a Indias, institución que agrupaba a los comerciantes que se empleaban en la Carrera. Por contrata de 1720 el Consulado adquirió la obligación de correr a cargo de los navíos de aviso, que se despachaban a América o que venían de allá llevando y trayendo consigo el correo oficial entre la metrópoli y las colonias. Esto obligó al Consulado a disponer de almacenes para los pertrechos de los avisos y un dique para su carena y reparación así como de amarraderos seguros para la estancia de los buques durante su estancia. El caño del Trocadero ofrecía las condiciones necesarias para estas funciones por lo que el Consulado solicitó y obtuvo del Ayuntamiento puertoorrealeño los terrenos necesarios donde construyó sus instalaciones.
Tras el Consulado se instalaron en el Trocadero la Real Compañía de Caracas, la de La Habana y particulares que comerciaban con las colonias y obtuvieron aquí un lugar cómodo para el servicio de sus barcos. El ejemplo del Consulado estimuló el interés de los comerciantes y navieros gaditanos por instalarse en sus orillas. Según un informe de los propietarios de navíos establecidos en el Trocadero el inicio de la construcción de almacenes y obradores en el caño tuvo lugar en 1743 habiendo permanecido hasta entonces su ribera “desierta de edificios y gente”.
Pronto se hicieron necesarios trabajos de dragado y mantenimiento del caño por lo que se aprobó un reglamento que disponía el cobro de una contribución a los propietarios de los navíos de la Carrera de Indias según el tonelaje de las mercancías que transportaran así como a los de cualquier navío que entrara en el Trocadero y a los dueños de almacenes, casas y otras instalaciones construidas a orillas del caño.
El decreto de libre comercio de 1778 significó un cambio en la organización del tráfico con las colonias. La desaparición del sistema de puerto único hizo que perdiera sentido la percepción de una contribución sobre los navíos mercantes ya que éstos podían ahora emprender viaje o arribar en muchos puertos peninsulares. La necesidad de dragar el caño del Trocadero subsistía y además no era frecuentado sólo por navíos españoles de la Carrera de Indias sino que era utilizado también por embarcaciones extranjeras que llegaban a cargar, descargar, amarrar o carenarse. Estas circunstancias determinaron la aprobación en 1779 de una regulación que tomaba como referencia la envergadura del buque y gravaba su entrada en el caño más el tiempo de estancia en él.
Surgieron problemas derivados del traslado de la base de los navíos de aviso (barcos-correo) a La Coruña, así como por el elevado coste del dragado, que no era cubierto por las cuotas, y el conflicto de intereses entre los propietarios de los almacenes, compañías y ayuntamiento de Puerto Real.